Como era previsible el Procurador Menacho, viola el art. 14 de la CPE al rechazar con argumentos falsos mi pedido de que, o abra una acusación contra el Presidente Morales y sus ministros en el caso Guaracachi, o retire su acusación en mi contra en el caso Quiborax, ante la evidencia de que los tribunales internacionales que fallaron en ambos casos, declararon ilegales ambas expropiaciones y obligaron a Bolivia a pagar una compensación de 42,6 y 31,5 millones respectivamente. Lo hace faltando a la verdad en su argumentación y reiterando, una vez más, que me acusa por razones políticas y para proteger al ministro Arce, al ministro Navarro y a él mismo, por la pésima defensa del Estado en Quiborax.
La Paz 25 de julio de 2018
Señor
Pablo Menacho
Procurador General del Estado
Presente.-
Señor Procurador:
Doy respuesta a su carta de rechazo a mi pedido de que actúe Usted cumpliendo el artículo 14 de la CPE que, como evidencia en su respuesta, no sólo no está dispuesto a acatar, sino, por el contrario, a vulnerarlo violando mis derechos fundamentales.
Comenzaré por expresarle mi sorpresa ante sus fundamentos jurídicos. Según Usted en el ámbito del derecho internacional existen “ilegalidades buenas” e “ilegalidades malas”, según el régimen de gobierno que dispone una determinada medida.
Su primer argumento, vinculado a que la nacionalización de Guaracachi fue una decisión para favorecer al pueblo boliviano, es exactamente el mismo que motivó mi Ley de nacionalización del Salar de Uyuni y mis decretos y resolución de la Superintendencia de Minas, que expulsaron a la empresa Non Metallic Minerals S.A. del Salar de Uyuni. El objetivo de esas medidas fue recuperar para el Estado y para el pueblo boliviano reservas que permitieran al país ejecutar políticas de desarrollo económico y justicia social que favorezcan a la comunidad boliviana, tal como reconoce con hidalguía destacable Amanda Dávila, exministra de Comunicaciones del gobierno del Presidente Morales. Nada fue improvisado ni librado al azar. La revocatoria está contemplada en la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo y el DS reglamentario 27113 en sus artículos 51 y 59, y la anulación en el Código de Minería. En consecuencia, como lo ha ratificado el DS pertinente del Presidente Rodríguez, dicha anulación causó estado y expulsó a la empresa NMM-Quiborax que con tanta diligencia Usted defiende y a la que le pagó la increíble suma de 42,6 millones de dólares, producto de la pésima defensa de los intereses del Estado, acción de la que Usted es responsable.
Comparto plenamente sus consideraciones en torno a los postulados de la Constitución, referidos al goce del derecho humano de acceso del pueblo a la energía eléctrica. Mi gobierno actuó de igual manera basado en la CPE vigente en 2004, que establecía lo siguiente en sus art. 133 y 135. El 133: “El régimen económico propenderá al fortalecimiento de la independencia nacional y al desarrollo del país mediante la defensa y el aprovechamiento de los recursos naturales y humanos en resguardo de la seguridad del Estado y en procura del bienestar del pueblo boliviano”. El 135: “Todas las empresas establecidas para explotaciones, aprovechamiento o negocios en el país se considerarán nacionales y estarán sometidas a la soberanía, a las leyes y a las autoridades de la República”.
Debo recordarle, sin embargo, que el Presidente Morales no respeta la CPE que con tanto acierto Usted defiende y admira, al desconocer los resultados del Referendo del 21 de febrero de 2016 que conllevan una flagrante violación del artículo 168 de la Constitución.
Su afirmación de que la nacionalización de Guaracachi fue reconocida como lícita por el Tribunal Arbitral de Naciones Unidas a cargo del caso, es falsa como se puede comprobar en partes del Laudo Arbitral en el caso CPA Nº 211-17 (Guaracachi), que en sus numerales 441 y 442 dice exactamente lo contrario. El numeral 441 señala: “…como se explicará en detalle más adelante, estamos de hecho ante tal situación y, por ende, la expropiación fue ilegal”. En el 442 señala: “…por lo tanto, dada la decisión del Tribunal de que en efecto se debía compensación, la nacionalización debe ser ilegal con respecto al requisito de compensación”.
En el numeral 441 el Tribunal Arbitral expone los fundamentos de esta ilegalidad en los siguientes términos: “en realidad, Bolivia no compensó (ni tuvo la intención de compensar) a la Demandante puesto que no realizó una valuación precisa del valor de EGSA en ese momento. De hecho, hizo exactamente lo contrario, y si el Tribunal encontrase que la valuación es “manifiestamente inadecuada”, ello sería responsabilidad de Bolivia”.
En consecuencia, no es verdad que el DS de expropiación de la empresa Guaracachi haya cumplido lo dispuesto por el derecho internacional.
Debo recordarle cuando hace el autoelogio de la medida tomada por su gobierno, que según Usted ha tenido un beneficio de 31,5 millones de dólares, que el costo efectivo de la expropiación fue de 31,5 millones dólares. En el caso de la compensación a NMM-Quiborax, su pésima defensa prefirió rechazar un acuerdo firme de conciliación por 3 millones de dólares y pagar la desmesurada y vergonzosa suma de 42,6 millones dólares producto, no de mis impecables medidas de nacionalización y expulsión de dicha empresa, sino de la increíble impericia de la Procuraduría de no bloquear el írrito proceso arbitral basado en un acta falsificada.
El retiro de la proposición acusatoria o la presentación de una proposición acusatoria contra el Presidente Evo Morales, señor Procurador, se desprende de la aplicación imperativa del artículo 14 de la Constitución, que prohíbe el trato discriminatorio y afirma el principio de igualdad ante la ley y la justicia, tal como ocurrió con el retiro de la acusación pública y particular contra Allan Fosk Kaplun y otros procesados, cuando el proceso penal estaba en fase de conclusión, en abierta contradicción con la sentencia condenatoria ejecutoriada contra David Moscoso por el delito de falsificación que forzó ilegalmente el arbitraje contra Bolivia. En ese caso, Usted no tuvo ninguno de los reparos que tan diligentemente me transmite en su carta.
Sigue Usted insistiendo en una curiosa calificación de valor en torno a determinados hechos. Según Usted existen también “nacionalizaciones buenas” y “nacionalizaciones malas”, según el régimen de gobierno que dispone una nacionalización. En ambas nacionalizaciones se estableció que el objetivo era la defensa de los intereses del Estado y el bienestar social del pueblo boliviano. En ambas el Tribunal Arbitral respectivo declaró la ilegalidad de la expropiación. Lo relevante es la posición oficial de defensa asumida por el Estado de Bolivia que, le recuerdo una vez más, en el caso Quiborax de manera reiterada y uniforme la propia Procuraduría que Usted preside hoy, afirmó la plena legalidad y conformidad a derecho de las normas dictadas por mi gobierno, incluyendo de manera explícita mi DS 27589 de 23 de junio de 2004.
Mi DS y la posterior anulación realizada en mi gestión por la Superintendencia de Minas, como lo reconoció la Procuraduría de Bolivia en el proceso de arbitraje, respondieron plenamente a la legalidad tanto interna como internacional.
Como Usted dice haber visto lo que dijo el Tribunal Arbitral del CIADI en el caso Quiborax, veamos lo que concluyó el Tribunal Arbitral en el caso Guaracachi:
“151. El día 1o de mayo de 2010, cerca de las 6:00 A.M., según relatan las Demandantes, personal militar boliviano ocupó por la fuerza, sin previo aviso y por sorpresa, las oficinas de EGSA . Se colgó una pancarta con el mensaje de “NACIONALIZADO” y otra con las siglas de ENDE. Adicionalmente, el presidente Evo Morales dictó ese mismo día el Decreto Supremo No 0493 (en adelante, el “Decreto de Nacionalización”), que ordenó la nacionalización del 100% de la participación de GAI en EGSA y transfirió dichas acciones a ENDE”.
“441.En consecuencia, la cuestión de la ilegalidad es en gran medida objetiva: si EGSA tuviera un valor positivo, Bolivia debería haber indemnizado a la Demandante, ofreciéndoles una justa compensación efectiva, ya que se espera que todo Estado que lleva a cabo una expropiación determine el verdadero valor de los bienes expropiados en forma precisa y profesional. En realidad, Bolivia no compensó (ni tuvo la intención de compensar) a la Demandante, puesto que no realizó una valuación precisa del valor de EGSA en ese momento. De hecho, hizo exactamente lo contrario, y si el Tribunal encontrase que la valuación es “manifiestamente inadecuada” [traducción del Tribunal], ello sería responsabilidad de Bolivia. Como se explicará en detalle más adelante, estamos de hecho ante tal situación y, por ende, la expropiación fue ilegal”.
“442. El Demandado no parece estar en desacuerdo: el título del capítulo 2.4.2
Demandado reza “[l]a Nacionalización no fue ilegal porque en el presente caso ninguna compensación era debida”. Por lo tanto, dada la decisión del Tribunal de que en efecto se debía compensación, la nacionalización debe ser ilegal con respecto al requisito de compensación”.
¿Nota Usted la identidad y similitudes entre uno y otro caso? Siguiendo sus palabras, lo que Usted propone hacer en el caso Quiborax, debe hacerse en el caso Guaracachi, es decir: lo que se debe buscar a través de la proposición acusatoria contra el Presidente Morales y sus ministros, es establecer las responsabilidades correspondientes sobre el caso Guaracachi.
En ambos casos ha habido un pago ordenado por el Tribunal Arbitral. En el caso Guaracachi fue de 31,5 millones de dólares, en cambio en el caso Quiborax ,en vez de pagar 3 millones de dólares, Usted pagó 42,6 millones de dólares.
Lo que resulta verdaderamente inverosímil es la cantidad de veces que se han reunido las más altas autoridades de la Procuraduría con abogados chilenos de la empresa Quiborax que Usted defiende como si fuera funcionario de esa empresa y no del Estado Boliviano, para entregar la majestad penal del Estado Boliviano a favor de una empresa chilena que delictivamente fraguó un arbitraje y que, en palabras de la exministra Amanda Dávila, “es una empresa mafiosa”.
Me preocupa el desconocimiento elemental que tiene Usted del derecho constitucional de cualquier persona con relación a una declaración ante el Fiscal en una investigación. Toda declaración es un acto de defensa y no de colaboración con la investigación, del cual no puede deducirse consecuencia negativa alguna, conforme lo dispone el artículo 121,I de la CPE.
Existe plena prueba de la mala defensa de Bolivia en el Laudo Arbitral del caso Quiborax de fecha 16 de septiembre de 2016, que en su numeral 127 dice: “Bolivia no invocó en esa etapa (ni tampoco lo hace ahora) las cláusulas de denegación de beneficios preceptadas en los artículos I,1 c) y II del Protocolo del TBI Bolivia-Chile”, defectos estructurales de la defensa reconocidos por su propia autoridad cuando en el informe interno que Usted le dirigió al entonces Procurador General Héctor Arce, reconoce que la filtración de documentos reservados de la Procuraduría causó grave daño al Estado en este proceso arbitral.
Lo que hizo el expresidente Rodríguez es opuesto a lo que Usted señala. Su DS dio por válida la Resolución de la Superintendencia de Minas de mi gobierno que anuló las once concesiones de NMM, y para evitar cualquier duda sobre la eficacia y validez jurídica de ésta decisión, abrogó mi DS de revocatoria, a pesar de que ésta figura existe en la economía jurídica del país.
Por todo ello, le recuerdo que Usted no puede devolver mi comunicación que está registrada en su oficina principal y se enmarca en el ejercicio del derecho de petición reconocido en el artículo 24 de la CPE. Otra cosa es que, como era previsible, defendiendo el indefendible DS Supremo del gobierno al que Usted sirve, rechace mi pedido.
Carlos Diego de Mesa Gisbert
El poder enferma, ejemplos hay muchos en todos los puntos cardinales del mundo.
Personas buenas pasan a ser malas, están convencidos de que son los salvadores, y que tienen el derecho de pasar sobre el que se ponga en el camino, las generaciones de ahora y las que vienen deben tener muy claro lo que se debe y no se debe hacer.
La única fuerza intangible pero que tiene un alcance descomunal es la «razón», es esta arma que ayuda a los pueblos a «empezar de nuevo» en la búsqueda de un futuro mejor para todas y todos.
Ud.ex Pdte.Mesa no es culpable de nada,por que ellos hicieron el juicio y perdieron,encima pagaron y le inculpan a ud.son unos canallas,pero el objetivo es otro y ud. se dio cuenta,con la situacion de las elecciones en el 2019.
Solo como sugerencia hay una empresa que esta explotando en Potosi el acido borico,segun la prensa tuvo problemas ,pero como el gerente es un ciudadano extranjero y es asesor del sr.morales,todo transcurre sin problemas,pero hay algo oculto y le doy a conocer el nombre a continuacion ,la informacion lo puede ver por internet :
Sociedad Industrial Tierra S.A.
La planta de producción de ácido bórico, se encuentra ubicada en el cerro de Apacheta Prov. Sud Lípez en el departamento de Potosí – Bolivia, a 10 km. de la frontera con la vecina República de Chile, en una zona completamente desértica, a 5020 mts. de altura. En la planta de Apacheta se produce ácido bórico, bórax y otros derivados del boro, desde 1992 hasta la fecha.
Siga Sr. Mesa diciendo la verdad, al anunciarla Ud. ya es un vencedor. A estos mal bolivianos corruptos, la historia los reconocerá como tal y serán un vergonzoso capítulo en nuestra historia cargada de impunidad, corrupción a manos llenas e injusticia flagrante e inconcedible. Lo aplaudo y felicito por su fortaleza de espíritu. Ánimo y adelante, estamos atentos a todo lo que se refiere a estos asuntos. Las nuevas generaciones deben saber que clase de líderes no deben ser…!!! y qué clase de política no deben practicar !!!, las nuevas generaciones deben saber que la verdad no puede acallarse y mucho menos castigarla porque por ese bien, muchos han luchado y han ofrendado su vida. A ellos y a Usted nuestro reconocimiento y nuestras gracias infinitas.